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DOCUMENTO INTEGRO: Pacto migratorio de la ONU "Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes"

https://es.scribd.com/document/394717373/Resolucion-de-Nueva-York#download

Naciones Unidas A/71/L.1*

                        Asamblea General Distr. limitada
13 de septiembre de 2016
Español
Original: inglés
16-15809 (S) 140916 140916
*1615809*


Septuagésimo primer período de sesiones
Temas 13 y 118 del programa provisional**
Aplicación y seguimiento integrados y coordinados
de los resultados de las grandes conferencias y
cumbres de las Naciones Unidas en las esferas
económica y social y esferas conexas
Seguimiento de los resultados de la Cumbre del Milenio
 Proyecto de resolución remitido a la reunión
plenaria de alto nivel de la Asamblea General
sobre la respuesta a los grandes desplazamientos
de refugiados y migrantes en su septuagésimo
período de sesiones
 Declaración de Nueva York para los Refugiados
y los Migrantes
La Asamblea General,
Aprueba el siguiente documento final de la reunión plenaria de alto nivel sobre
la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes:
 Declaración de Nueva York para los Refugiados
y los Migrantes
 Nosotros, los Jefes de Estado y de Gobierno y altos representantes, reunidos
en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York el 19 de septiembre de 2016 para
examinar la cuestión de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes,
hemos aprobado la siguiente declaración política:
 * Publicado nuevamente por razones técnicas el 15 de septiembre de 2016.
 ** A/71/150.
A/71/L.1
2/28 16-15809

https://es.scribd.com/document/394717373/Resolucion-de-Nueva-York#download
 I. Introducción
1. La humanidad ha estado en movimiento desde los tiempos más antiguos.
Algunas personas se desplazan en busca de nuevas oportunidades económicas y
nuevos horizontes. Otras lo hacen para escapar de los conflictos armados, la
pobreza, la inseguridad alimentaria, la persecución, el terrorismo o las violaciones y
los abusos de los derechos humanos. Hay otras personas que se desplazan por los
efectos adversos del cambio climático o de desastres naturales (algunos de los
cuales pueden estar vinculados al cambio climático) u otros factores ambientales.
Muchos se trasladan, de hecho, debido a varios de esos motivos.
2. Hemos examinado hoy la mejor manera en que la comunidad internacional
debe responder al creciente fenómeno mundial de los grandes desplazamientos de
refugiados y migrantes.
3. En la actualidad, estamos en presencia de una movilidad humana que ha
alcanzado un nivel sin precedentes. Más personas que nunca viven un país distinto
de aquel donde nacieron. En todos los países del mundo hay migrantes que, en su
mayoría, se trasladan de un lugar a otro sin incidentes. El número de migrantes
crece a un ritmo más rápido que el de la población mundial, y en 2015 ascendió a
más de 244 millones. Sin embargo, hay aproximadamente 65 millones de personas
desplazadas por la fuerza, entre ellas más de 21 millones de refugiados, 3 millones
de solicitantes de asilo y más de 40 millones de desplazados internos.
4. Al aprobar hace un año la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible1
,
reconocimos claramente la contribución positiva de los migrantes al crecimiento
inclusivo y al desarrollo sostenible. Nuestro mundo es un mundo mejor gracias a esa
contribución. Los beneficios y las oportunidades que ofrece la migración segura,
ordenada y regular son considerables y a menudo se subestiman. En cambio, el
desplazamiento forzoso y la migración irregular de personas en grandes
movimientos suelen plantear problemas complejos.
5. Reafirmamos los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
Reafirmamos también la Declaración Universal de Derechos Humanos2
 y
recordamos los principales tratados internacionales de derechos humanos.
Reafirmamos, y protegeremos plenamente, los derechos humanos de todos los
refugiados y migrantes, independientemente de su condición; todos son titulares de
derechos. En nuestra respuesta respetaremos plenamente el derecho internacional y
el derecho internacional de los derechos humanos y, cuando proceda, el derecho
internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario.
6. Aunque el trato que se les dispensa se rige por marcos jurídicos separados, los
refugiados y los migrantes tienen los mismos derechos humanos universales y
libertades fundamentales. Afrontan también muchos problemas comunes y tienen
vulnerabilidades similares, incluso en el contexto de los grandes desplazamientos.
Cabe entender que el término “grandes desplazamientos” refleja una serie de
consideraciones, entre ellas las siguientes: el número de personas que llegan; el
contexto económico, social y geográfico; la capacidad de respuesta del Estado
receptor; y las repercusiones de un desplazamiento de carácter repentino o
prolongado. El término no abarca, por ejemplo, las corrientes habituales de
__________________
1
 Resolución 70/1.
2
 Resolución 217 A (III).
A/71/L.1
16-15809 3/28
migrantes de un país a otro. En los “grandes desplazamientos” pued
A/71/L.1
4/28 16-15809
para prevenir las situaciones de crisis en las etapas iniciales, sobre la base de la
diplomacia preventiva. También haremos frente a esas causas mediante la
prevención y la solución pacífica de los conflictos, una mayor coordinación de las
actividades de asistencia humanitaria, desarrollo y consolidación de la paz, la
promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional y la
protección de los derechos humanos. De manera análoga, nos ocuparemos de los
desplazamientos causados por la pobreza, la inestabilidad, la marginación y la
exclusión y la falta de oportunidades económicas y de desarrollo, prestando especial
atención a las poblaciones más vulnerables. Trabajaremos con los países de origen
para reforzar su capacidad.
13. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Todo
ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad
jurídica. Recordamos nuestras obligaciones, contraídas en virtud del derecho
internacional, que prohíben todo tipo de discriminación por motivos de raza, color,
sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Sin embargo, en
muchas partes del mundo observamos, con gran preocupación, respuestas cada vez
más xenófobas y racistas ante los refugiados y los migrantes.
14. Condenamos enérgicamente los actos y las manifestaciones de racismo,
discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia contra los
refugiados y los migrantes, así como los estereotipos que se les suelen aplicar,
especialmente los basados en la religión o las creencias. La diversidad enriquece a
todas las sociedades y contribuye a la cohesión social. La demonización de los
refugiados o migrantes atenta gravemente contra los valores de dignidad e igualdad
de todos los seres humanos que hemos prometido defender. Reunidos hoy en las
Naciones Unidas, el lugar donde nacieron y se custodian esos valores universales,
lamentamos todas las manifestaciones de xenofobia, discriminación racial e
intolerancia. Adoptaremos una serie de medidas para contrarrestar esas actitudes y
comportamientos, en particular con respecto a los delitos motivados por los
prejuicios, el discurso de odio y la violencia racial. Acogemos con beneplácito la
campaña mundial de lucha contra la xenofobia propuesta por el Secretario General y
la llevaremos adelante en cooperación con las Naciones Unidas y todos los
interesados pertinentes, de conformidad con el derecho internacional. La campaña
pondrá de relieve, entre otras cosas, el contacto directo y personal entre las
comunidades de acogida y los refugiados y migrantes y resaltará las contribuciones
positivas de estos últimos, así como nuestra humanidad común.
15. Invitamos al sector privado y a la sociedad civil, incluidas las organizaciones
de refugiados y migrantes, a que participen en alianzas de múltiples interesados para
apoyar los esfuerzos por cumplir los compromisos que asumimos hoy día.
16. En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, prometimos que nadie se
quedaría atrás. Declaramos que deseábamos ver cumplidos los Objetivos de
Desarrollo Sostenibles y sus metas para todas las naciones y los pueblos y para
todos los sectores de la sociedad. Afirmamos también que nos esforzaríamos por
llegar primero a los más rezagados. Reafirmamos hoy los compromisos relacionados
con las necesidades específicas de los migrantes o refugiados. En la Agenda 2030 se
plantea claramente, entre otras cosas, que facilitaremos la migración y la movilidad
ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la
aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas. Las necesidades
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16-15809 5/28
de los refugiados, los desplazados internos y los migrantes se reconocen
expresamente.
17. La implementación de todas las disposiciones pertinentes de la Agenda 2030
permitirá reforzar la contribución positiva que hacen los migrantes al desarrollo
sostenible. Al mismo tiempo, se podrán encarar muchas de las causas fundamentales
de los desplazamientos forzosos, lo que ayudará a crear condiciones más favorables
en los países de origen. Al reunirnos hoy, un año después de la aprobación de la
Agenda 2030, afirmamos que estamos decididos a aprovechar todo el pleno de la
Agenda en favor de los refugiados y los migrantes.
18. Recordamos el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres
2015-20303
 y sus recomendaciones sobre las medidas para mitigar los riesgos
asociados a los desastres. Los Estados que han firmado y ratificado el Acuerdo de
París sobre el Cambio Climático4
 acogen con beneplácito ese acuerdo y están
comprometidos con su aplicación. Reafirmamos la Agenda de Acción de Addis
Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el
Desarrollo5
, incluidas las disposiciones que se aplican a los refugiados y los
migrantes.
19. Tomamos nota del informe del Secretario General, titulado “En condiciones de
seguridad y dignidad: respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y
migrantes”6
, preparado en cumplimiento de la decisión 70/539 de la Asamblea
General, de 22 de diciembre de 2015, como parte de los preparativos de esta reunión
de alto nivel. Si bien reconocemos que las conferencias siguientes concluyeron sin
resultados acordados a nivel intergubernamental o tuvieron alcance regional,
tomamos nota de la Cumbre Humanitaria Mundial, celebrada en Estambul (Turquía)
los días 23 y 24 de mayo de 2016, la reunión de alto nivel sobre las cuestiones de la
responsabilidad compartida de todos los países y las vías de admisión de refugiados
sirios, convocada por el Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Refugiados y celebrada el 30 de marzo de 2016, la Conferencia de Apoyo a Siria
y la Región, celebrada en Londres el 4 de febrero de 2016, y la conferencia sobre
promesas de contribuciones para los refugiados somalíes, celebrada en Bruselas el
21 de octubre de 2015. Si bien reconocemos que las iniciativas siguientes tienen
carácter regional y se aplican únicamente a los países que participan en ellas,
tomamos nota de iniciativas regionales como el Proceso de Bali sobre el Tráfico
Ilícito de Migrantes, la Trata de Personas y los Delitos Transnacionales Conexos, la
Iniciativa de la Unión Europea y el Cuerno de África sobre Rutas Migratorias y la
Iniciativa de la Unión Africana y el Cuerno de África sobre el Tráfico Ilícito de
Migrantes y la Trata de Personas (el proceso de Jartum), el Proceso de Rabat, el
Plan de Acción de La Valetta y la Declaración y Plan de Acción del Brasil.
20. Reconocemos el gran número de personas desplazadas dentro de las fronteras
nacionales y la posibilidad de que esas personas soliciten protección y asistencia en
otros países como refugiados o migrantes. Observamos que es necesario reflexionar
sobre estrategias eficaces para garantizar de manera apropiada la prestación de
asistencia a los desplazados internos y su protección y para prevenir y reducir esos
desplazamientos.
__________________
3
 Resolución 69/283, anexo II.
4
 Véase FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo.
5
 Resolución 69/313, anexo.
6
 A/70/59.
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6/28 16-15809
 Compromisos
21. Hemos aprobado hoy una serie de compromisos que se aplican tanto a los
refugiados como a los migrantes, así como conjuntos separados de compromisos
con respecto a los refugiados y los migrantes. Al asumirlos, tenemos en cuenta las
distintas realidades, capacidades y niveles de desarrollo nacionales y respetamos las
políticas y prioridades de cada país. Reafirmamos nuestra adhesión al derecho
internacional y ponemos de relieve que la presente declaración y sus anexos habrán
de aplicarse de manera compatible con los derechos y las obligaciones de los
Estados en virtud del derecho internacional. Aunque algunos compromisos se
aplican principalmente a un grupo, también pueden ser aplicables al otro grupo.
Además, si bien todos los compromisos están enmarcados en el contexto de los
grandes desplazamientos que examinamos hoy, muchos pueden aplicarse también a
la migración regular. En el anexo I de la presente declaración figura un marco de
respuesta integral para los refugiados y se esbozan los pasos necesarios para
concertar en 2018 un pacto mundial sobre la cuestión de los refugiados, mientras
que en el anexo II se establecen medidas para concertar en 2018 un pacto mundial
para la migración segura, ordenada y regular.
 II. Compromisos que se aplican tanto a los refugiados como
a los migrantes
22. Subrayando la importancia de adoptar un enfoque integral de las cuestiones
pertinentes, garantizaremos que se dé a todas las personas que llegan a nuestros
países, en particular las que formen parte de grandes movimientos, ya sean
refugiados o migrantes, una acogida rápida, respetuosa, humana y digna, que se
centre en las personas y tenga en cuenta las cuestiones de género. Garantizaremos
también el pleno respeto y la protección de sus derechos humanos y libertades
fundamentales.
23. Reconocemos, y las atenderemos de conformidad con las obligaciones que nos
incumben en virtud del derecho internacional, las necesidades especiales de todas
las personas que se encuentran en situación vulnerable y que viajan durante los
grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, como las mujeres en situación
de riesgo, los niños, especialmente los menores no acompañados o separados de sus
familias, los miembros de minorías étnicas y religiosas, las víctimas de la violencia,
las personas de edad, las personas con discapacidad, las personas que son objeto de
discriminación, por el motivo que sea, los pueblos indígenas, las víctimas de la trata
de personas, y las víctimas de la explotación y los abusos cometidos en el contexto
del tráfico ilícito de migrantes.
24. Reconociendo que los Estados tienen derechos y responsabilidades en la
gestión y el control de sus fronteras, aplicaremos procedimientos de control de
fronteras que sean conformes con las obligaciones aplicables en virtud del derecho
internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanos y el
derecho internacional de los refugiados. Promoveremos la cooperación internacional
en materia de gestión y control de las fronteras como un elemento importante de la
seguridad de los Estados, incluidas las cuestiones relativas a la lucha contra la
delincuencia organizada transnacional, el terrorismo y el comercio ilícito.
Velaremos por que los funcionarios públicos y los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley que trabajan en las zonas fronterizas estén capacitados para respetar
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los derechos humanos de todas las personas que cruzan o tratan de cruzar las
fronteras internacionales. Fortaleceremos la cooperación internacional en la gestión
de las fronteras, incluso en lo que respecta a la capacitación y el intercambio de las
mejores prácticas. Intensificaremos el apoyo en ese ámbito y contribuiremos al
desarrollo de la capacidad, según proceda. Reafirmamos que, de conformidad con el
principio de no devolución, las personas no deben ser devueltas a las fronteras.
Reconocemos también que los Estados, al tiempo que respetan esas obligaciones y
principios, tienen derecho a tomar medidas para impedir el cruce irregular de sus
fronteras.
25. Procuraremos reunir información precisa sobre los grandes desplazamientos de
refugiados y migrantes. Asimismo, adoptaremos medidas para identificar
correctamente sus nacionalidades y determinar las razones de su desplazamiento.
Tomaremos medidas para identificar a las personas que buscan protección
internacional en calidad de refugiados.
26. Seguiremos protegiendo los derechos humanos y las libertades fundamentales
de todas las personas en tránsito y después de su llegada. Destacamos la importancia
de atender, a su llegada, las necesidades inmediatas de las personas que se hayan
visto expuestas a malos tratos físicos o psicológicos mientras se encontraban en
tránsito, sin discriminación y con independencia de su condición jurídica o situación
migratoria o de los medios de transporte que hayan empleado. Con ese fin,
consideraremos la posibilidad de prestar debido apoyo al desarrollo de la capacidad
de los países que reciben refugiados y migrantes en gran número y que lo soliciten.
27. Estamos decididos a hacer frente a los movimientos inseguros de refugiados y
migrantes, en particular los movimientos de refugiados y migrantes de carácter
irregular. Lo haremos sin perjuicio del derecho a solicitar asilo. Lucharemos contra
la explotación, el abuso y la discriminación que sufren muchos refugiados y
migrantes.
28. Expresamos nuestra profunda preocupación por el gran número de personas
que han perdido la vida en tránsito. Encomiamos los esfuerzos que se han hecho
para rescatar a las personas en situación de peligro en el mar. Nos comprometemos a
intensificar la cooperación internacional dirigida a fortalecer los mecanismos de
búsqueda y salvamento. Trabajaremos también por mejorar la disponibilidad de
datos exactos sobre el paradero de las personas y las embarcaciones abandonadas a
su suerte en el mar. Además, reforzaremos nuestro apoyo a las labores de rescate en
tierra a lo largo de rutas peligrosas o aisladas, y en primer lugar destacaremos los
riesgos que entraña el uso de esas rutas.
29. Reconocemos que las mujeres y los niños son especialmente vulnerables
durante el viaje del país de origen al país de llegada y adoptaremos medidas para
encarar esas vulnerabilidades. Las mujeres y los niños pueden verse expuestos a la
discriminación y la explotación, así como al abuso sexual y los malos tratos físicos
y psicológicos, la violencia, la trata de personas y las formas contemporáneas de
esclavitud.
30. Alentamos a los Estados a que se ocupen de atender la vulnerabilidad al VIH y
las necesidades de salud específicas de las poblaciones migrantes y móviles y de los
refugiados y las poblaciones afectadas por crisis y adopten medidas para reducir el
estigma, la discriminación y la violencia, y los alentamos también a que examinen
las políticas sobre restricciones a la entrada de personas seropositivas, con miras a
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eliminar esas restricciones y la devolución de personas por su condición de
seropositivas, y a que faciliten su acceso a servicios de prevención, tratamiento,
atención y apoyo en relación con el VIH;
31. Nos aseguraremos de que en nuestras respuestas a los grandes desplazamientos
de refugiados y migrantes se incorpore la perspectiva de género, se promuevan la
igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y se
respeten y protejan plenamente los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
Lucharemos en la mayor medida posible contra la violencia sexual y la violencia
por razón de género. Facilitaremos el acceso a servicios de atención de la salud
sexual y reproductiva. Combatiremos las formas múltiples e interrelacionadas de
discriminación contra las mujeres y niñas refugiadas y migrantes. Al mismo tiempo,
reconociendo la importante contribución y el liderazgo de las mujeres en las
comunidades de refugiados y migrantes, trabajaremos para garantizar que participen
de manera plena, fructífera y en pie de igualdad en la formulación de soluciones y
oportunidades locales. Tomaremos en consideración las diferentes necesidades,
vulnerabilidades y capacidades de las mujeres, las niñas, los niños y los hombres.
32. Protegeremos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos
los niños refugiados y migrantes, independientemente de su condición, teniendo en
cuenta en todo momento el interés superior del niño como consideración principal.
Esto se aplicará en particular a los niños no acompañados y los que estén separados
de sus familias; remitiremos su atención a las autoridades nacionales de protección
de la infancia y otras autoridades competentes. Cumpliremos las obligaciones que
nos incumben en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño7
.
Procuraremos proporcionar servicios básicos de salud, educación y desarrollo
psicosocial y servicios de inscripción de todos los nacimientos en nuestros
territorios. Estamos decididos a asegurar que todos los niños estén estudiando en un
plazo de unos meses después de su llegada, y daremos prioridad a las asignaciones
presupuestarias que contribuyan a ese propósito, incluso mediante el apoyo a los
países de acogida, según sea necesario. Nos esforzaremos por brindar a los niños
refugiados y migrantes un entorno propicio para la plena realización de sus derechos
y capacidades.
33. Reafirmando que todas las personas que cruzan o tratan de cruzar las fronteras
internacionales tienen derecho a las debidas garantías procesales a la hora de
evaluar su condición jurídica y de determinar si se les permite la entrada y si están
autorizados a permanecer en el país, estudiaremos la posibilidad de revisar las
políticas que penalizan los movimientos transfronterizos. Trataremos también de
emplear medidas sustitutivas de la detención entretanto se realicen esas
evaluaciones. Además, reconociendo que, a los efectos de determinar la situación
migratoria, la detención raras veces o nunca redunda en el interés superior del niño,
la utilizaremos únicamente como medida de último recurso, en el entorno menos
restrictivo, durante el período más breve posible, en condiciones que respeten los
derechos humanos de cada niño y de manera que se tenga en cuenta como
consideración primordial el interés superior del niño, y trabajaremos para poner fin
a esa práctica.
34. Reafirmando la importancia de la Convención de las Naciones Unidas contra
la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos protocolos pertinentes8
,
__________________
7
 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
8
 Ibid., vols. 2225, 2237 y 2241, núm. 39574.
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alentamos la ratificación de los instrumentos internacionales sobre la prevención y
lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, la adhesión a ellos
y su aplicación.
35. Reconocemos que los refugiados y los migrantes que forman parte de grandes
movimientos corren un mayor riesgo de ser víctimas de la trata y de ser sometidos a
trabajo forzoso. Combatiremos enérgicamente la trata de personas y el tráfico ilícito
de migrantes con miras a su eliminación, incluso medidas selectivas encaminadas a
identificar a las víctimas de la trata o las personas que corran el riesgo de serlo,
garantizando el pleno respeto de las obligaciones que nos impone el derecho
internacional. Prestaremos apoyo a las víctimas de la trata de personas.
Trabajaremos para prevenir la trata de personas entre los desplazados.
36. Con miras a desarticular y eliminar las redes delictivas involucradas en esos
actos, examinaremos nuestra legislación nacional para garantizar que sea conforme
con las obligaciones que nos impone el derecho internacional en lo tocante al tráfico
ilícito de migrantes, la trata de personas y la seguridad marítima. Pondremos en
práctica el Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para Combatir la Trata
de Personas9
. Estableceremos o mejoraremos, según proceda, las políticas
nacionales y regionales de lucha contra la trata de personas. Tomamos nota de
iniciativas regionales como la Iniciativa de la Unión Africana y el Cuerno de África
sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas, el Plan de Acción contra
la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, de la Asociación de Naciones
del Asia Sudoriental, la Estrategia de la Unión Europea para la erradicación de la
trata de seres humanos 2012-2016, y los planes de trabajo para combatir la trata de
personas en el hemisferio occidental. Acogemos con satisfacción el fortalecimiento
de la cooperación técnica en los planos regional y bilateral entre los países de
origen, tránsito y destino para prevenir la trata de personas y el tráfico ilícito de
migrantes y procesar a los tratantes y contrabandistas.
37. Somos partidarios de que se adopte un enfoque que aborde los factores
determinantes y las causas profundas de los grandes desplazamientos de refugiados
y migrantes, incluidos los desplazamientos forzosos y las crisis prolongadas, para,
entre otras cosas, reducir la vulnerabilidad, combatir la pobreza, mejorar la
autosuficiencia y la resiliencia, reforzar el nexo entre las cuestiones humanitarias y
el desarrollo y mejorar la coordinación con las actividades de consolidación de la
paz. Todo ello implicará coordinar las respuestas priorizadas a partir de una
evaluación conjunta e imparcial de las necesidades y facilitar la cooperación entre
los mandatos institucionales.
38. Adoptaremos medidas para proporcionar, sobre la base de la cooperación
bilateral, regional e internacional, financiación para la asistencia humanitaria que
sea suficiente, flexible, previsible y sistemática, para que los países y las
comunidades de acogida puedan responder a las necesidades humanitarias
inmediatas y a sus necesidades de desarrollo a más largo plazo. Es preciso subsanar
los déficits de financiación para las actividades humanitarias, considerando la
posibilidad de recurrir, según corresponda, a recursos adicionales. En ese sentido,
esperamos que se establezca una cooperación estrecha entre los Estados Miembros,
las entidades de las Naciones Unidas y otros agentes y entre las Naciones Unidas y
las instituciones financieras internacionales como el Banco Mundial, cuando
__________________
9
 Resolución 64/293.
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10/28 16-15809
proceda. Aspiramos a contar con sistemas de financiación innovadores,
instrumentos de financiación del riesgo para las comunidades afectadas y otras
ganancias en eficiencia, como reducir los gastos de gestión, mejorar la
transparencia, emplear cada vez más al personal de respuesta nacional, ampliar el
uso de la asistencia en efectivo, reducir la duplicación, aumentar la colaboración
con los beneficiarios, disminuir la asignación de fondos para fines específicos y
armonizar la presentación de informes, a fin de garantizar un uso más
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informar a los migrantes de los diversos procesos relacionados con su llegada y
estancia en los países de tránsito, destino y retorno.
43. Nos comprometemos a atacar los factores que provocan o exacerban los
grandes desplazamientos. Analizaremos los factores que provocan o agravan los
grandes desplazamientos y responderemos a ellos, incluso en los países de origen.
Cooperaremos para crear condiciones que permitan a las comunidades y las
personas vivir en paz y prosperidad en su patria. La migración debe ser una opción,
no una necesidad. Tomaremos medidas que tengan por fin, entre otros, implementar
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, entre cuyos objetivos se cuentan los
de erradicar la pobreza extrema y la desigualdad, revitalizar la Alianza Mundial para
el Desarrollo Sostenible, promover sociedades pacíficas e inclusivas fundadas en el
estado de derecho y el derecho internacional de los derechos humanos, crear las
condiciones necesarias para el crecimiento económico equilibrado, sostenible e
inclusivo y el empleo, combatir la degradación del medio ambiente y asegurar la
eficacia de las respuestas a los desastres naturales y los efectos adversos del cambio
climático.
44. Reconociendo que la falta de oportunidades educativas suele ser un factor de
expulsión, especialmente para los jóvenes, nos comprometemos a reforzar la
capacidad de los países de origen, en particular la de las instituciones educativas.
Nos comprometemos también a aumentar las oportunidades de empleo, en particular
para los jóvenes, en los países de origen. Reconocemos también los efectos que
tiene la migración en el capital humano de los países de origen.
45. Estudiaremos la posibilidad de revisar nuestras políticas de migración con
miras a estudiar sus posibles consecuencias negativas imprevistas.
46. Reconocemos también que la migración internacional es una realidad
pluridimensional de gran pertinencia para el desarrollo de los países de origen,
tránsito y destino que exige respuestas coherentes e integrales. Los migrantes
pueden hacer contribuciones positivas y profundas al desarrollo económico y social
de las sociedades de acogida y a la creación de riqueza mundial. Pueden ayudar a
responder a las tendencias demográficas, la escasez de mano de obra y otras
dificultades que afrontan las sociedades de acogida, y aportar nuevas aptitudes y
dinamismo a la economía de esas sociedades. Reconocemos los beneficios que
genera la migración para el desarrollo de los países de origen, entre otras cosas
gracias a que las diásporas participan en el desarrollo económico y la
reconstrucción. Nos comprometeremos a reducir los costos de la migración laboral y
a promover políticas y prácticas de contratación ética entre los países de origen y de
destino. Promoveremos transferencias más rápidas, económicas y seguras de las
remesas de los migrantes tanto en los países de origen como en los receptores,
incluso reduciendo los costos de transacción, así como una interacción más sencilla
entre las diásporas y sus respectivos países de origen. Quisiéramos que esas
contribuciones tuvieran mayor reconocimiento y, de hecho, se incrementaran en el
contexto de la implementación de la Agenda 2030.
47. Velaremos por que todos los aspectos de la migración estén integrados en los
planes mundiales, regionales y nacionales de desarrollo sostenible y en las políticas
y los programas humanitarios, de consolidación de la paz y de derechos humanos.
48. Instamos a los Estados que no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad
de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de
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Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares10 o de adherirse a ella.
Instamos también a los Estados que no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de adherirse a los convenios de la Organización Internacional del
Trabajo al respecto, según proceda. Observamos, asimismo, que los migrantes gozan
de derechos y protección en virtud de diversas disposiciones del derecho
internacional.
49. Nos comprometemos a fortalecer la gobernanza mundial de la migración. Por
consiguiente, acogemos y respaldamos complacidos el acuerdo orientado a estrechar
la relación jurídica y de trabajo entre las Naciones Unidas y la Organización
Internacional para las Migraciones en su calidad de organización conexa11, que sus
Estados Miembros consideran el organismo principal a escala mundial en el ámbito
de la migración. Esperamos con interés la aplicación de este acuerdo, que prestará
asistencia y protección a los migrantes de manera más integral, ayudará a los
Estados a resolver las cuestiones relacionadas con la migración y promoverá una
mayor coherencia entre el ámbito de la migración y otros ámbitos de políticas
conexos.
50. Ayudaremos, con imparcialidad y según las necesidades, a los migrantes de
países que atraviesan conflictos o desastres naturales, coordinando la labor, según
proceda, con las autoridades nacionales competentes. Si bien reconocemos que no
todos los Estados están participando en ellas, hacemos notar, en este sentido, la
iniciativa Migrantes en Países en Crisis y la Agenda para la Protección de las
Personas Desplazadas a través de Fronteras en el Contexto de Desastres y Cambio
Climático, aprobada en el marco de la Iniciativa Nansen.
51. Tomamos nota de la labor realizada por el Grupo Mundial sobre Migración
con el fin de elaborar principios y orientaciones prácticas sobre la protección de los
derechos humanos de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad.
52. Estudiaremos la posibilidad de elaborar principios rectores no vinculantes y
directrices voluntarias, coherentes con el derecho internacional, sobre el trato de los
migrantes en situaciones de vulnerabilidad, especialmente los niños no
acompañados y separados que no reúnen las condiciones para recibir protección
internacional como refugiados y que tal vez necesiten asistencia. Esos principios
rectores y directrices se elaborarán mediante un proceso dirigido por los Estados,
con la participación de todos los interesados pertinentes y con la contribución del
Representante Especial del Secretario General sobre la Migración Internacional y el
Desarrollo, la Organización Internacional para las Migraciones, la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Oficina del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras entidades
competentes de las Naciones Unidas, y complementarán las actividades nacionales
para proteger y ayudar a los migrantes.
53. Acogemos con beneplácito la voluntad de algunos Estados de ofrecer
protección temporal frente al retorno a los migrantes que no reúnen los requisitos
para ser considerados refugiados y que no pueden regresar a su hogar debido a las
condiciones imperantes en sus respectivos países.
54. Aprovecharemos los mecanismos existentes de cooperación y asociación
bilateral, regional y mundial, de conformidad con el derecho internacional, para
__________________
10 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2220, núm. 39481.
11 Resolución 70/296, anexo.
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facilitar la migración en consonancia con la Agenda 2030. Intensificaremos la
cooperación a tal fin entre los países de origen, tránsito y destino, por ejemplo
mediante procesos consultivos regionales, las organizaciones internacionales, el
Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, las
organizaciones económicas regionales y las autoridades gubernamentales locales,
así como con los empleadores del sector privado, los sindicatos, la sociedad civil y
los grupos de migrantes y de diásporas. Reconocemos las necesidades especiales de
las autoridades locales, que son las primeras en recibir a los migrantes.
55. Reconocemos los progresos realizados en el sistema de las Naciones Unidas
respecto de las cuestiones relacionadas con la migración internacional y el
desarrollo, en particular el Primer y Segundo Diálogo de Alto Nivel sobre la
Migración Internacional y el Desarrollo. Respaldaremos un diálogo renovado a
nivel mundial y regional y una colaboración más profunda sobre la migración, en
especial a través del intercambio de mejores prácticas y el aprendizaje mutuo y el
desarrollo de iniciativas nacionales o regionales. En este sentido, señalamos la
valiosa contribución del Foro Mundial sobre Migración y Desarrollo y reconocemos
la importancia de los diálogos entre múltiples interesados sobre la migración y el
desarrollo.
56. Afirmamos que los niños no deben ser penalizados ni sometidos a medidas
punitivas por su estatus migratorio ni por el de sus padres.
57. Estudiaremos la posibilidad de facilitar oportunidades para la migración
segura, ordenada y regular, por ejemplo, según proceda, la creación de empleo, la
movilidad laboral en todos los niveles de cualificación, la migración circular, la
reunificación familiar y las oportunidades relacionadas con la educación.
Prestaremos especial atención a la aplicación de normas laborales mínimas para los
trabajadores migrantes sea cual fuere su estatus, así como a los gastos de
contratación y otros gastos relacionados con la migración, las corrientes de remesas,
la transferencia de aptitudes y conocimientos y la creación de oportunidades de
empleo para los jóvenes.
58. Alentamos firmemente la cooperación entre los países de origen o
nacionalidad, los países de tránsito, los países de destino y otros países interesados
para que los migrantes que no tengan permiso para permanecer en el país de destino
puedan regresar, de conformidad con las obligaciones internacionales de todos los
Estados, a su país de origen o nacionalidad en orden y en condiciones de seguridad
y dignidad, preferiblemente a voluntad, teniendo en cuenta la legislación nacional
conforme al derecho internacional. Observamos que la cooperación para el retorno y
la readmisión constituye un elemento importante de la cooperación internacional en
materia de migración. Esa cooperación abarcaría la identificación correcta y el
suministro de los documentos de viaje que correspondan. Todos los tipos de retorno,
voluntarios o de otra índole, deben ajustarse a las obligaciones que nos competen en
virtud del derecho internacional de los derechos humanos y observar el principio de
no devolución. También deberían respetar las normas del derecho internacional y,
además, deben llevarse a cabo en consonancia con el interés superior del niño y con
el procedimiento previsto en la ley. Si bien reconocemos que se aplican solo a los
Estados que los han concertado, reconocemos también que los acuerdos de
readmisión vigentes deberían implementarse del todo. Apoyamos una mejor
recepción y asistencia para la reintegración de aquellos que regresen. Se debe
prestar especial atención a las necesidades de los migrantes en situaciones de
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vulnerabilidad que regresan, como los niños, las personas mayores, las personas con
discapacidad y las víctimas de la trata.
59. Reafirmamos nuestro compromiso de proteger los derechos humanos de los
niños migrantes, dada su vulnerabilidad, particularmente los niños migrantes no
acompañados, y de brindar acceso a los servicios básicos psicosociales y de salud y
educación, asegurándonos de que el interés superior del niño sea una consideración
fundamental en todas las políticas pertinentes.
60. Reconocemos la necesidad de abordar la situación especial y la vulnerabilidad
de las mujeres y las niñas migrantes mediante, entre otras cosas, la incorporación de
una perspectiva de género en las políticas de migración y el fortalecimiento de las
leyes, las instituciones y los programas nacionales para combatir la violencia por
razón de género, incluida la trata de personas y la discriminación contra las mujeres
y las niñas.
61. Si bien reconocemos la contribución de la sociedad civil, incluidas las
organizaciones no gubernamentales, en la promoción del bienestar de los migrantes
y su integración en las sociedades, especialmente cuando se encuentran en
condiciones de extrema vulnerabilidad, y el apoyo de la comunidad internacional a
los esfuerzos de esas organizaciones, alentamos una mayor interacción entre los
Gobiernos y la sociedad civil para dar respuesta a los retos y las oportunidades que
plantea la migración internacional.
62. Observamos que el Representante Especial del Secretario General sobre la
Migración Internacional y el Desarrollo, el Sr. Peter Sutherland, presentará, antes de
que termine 2016, un informe en el que se propondrán maneras de reforzar la
cooperación internacional y la actuación de las Naciones Unidas en el ámbito de la
migración.
63. Nos comprometemos a iniciar en 2016 un proceso de negociaciones
intergubernamentales que culminará con la aprobación de un pacto mundial para
una migración segura, ordenada y regular en una conferencia intergubernamental
que ha de celebrarse en 2018. Invitamos al Presidente de la Asamblea General a que
haga los arreglos necesarios para determinar las modalidades, el cronograma y otros
aspectos prácticos relacionados con el proceso de negociación. En el anexo II de la
presente declaración figuran más detalles sobre el proceso.
 IV. Compromisos en relación con los refugiados
64. Reconociendo que los conflictos armados, la persecución y la violencia,
incluido el terrorismo, se encuentran entre los factores que dan lugar a grandes
desplazamientos de refugiados, trabajaremos para atacar las causas fundamentales
de esas situaciones de crisis y para prevenir o resolver los conflictos por medios
pacíficos. Haremos todo lo posible para solucionar pacíficamente las controversias,
prevenir los conflictos y lograr las soluciones políticas que hacen falta a largo plazo.
La diplomacia preventiva y la pronta respuesta a los conflictos por parte de los
Estados y las Naciones Unidas son esenciales. También es esencial la promoción de
los derechos humanos. Además, promoveremos la buena gobernanza, el estado de
derecho, instituciones eficaces, responsables e inclusivas, y el desarrollo sostenible
a nivel internacional, regional, nacional y local. Reconociendo que los
desplazamientos podrían reducirse si todas las partes en los conflictos armados
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respetaran el derecho internacional humanitario, renovamos nuestro compromiso de
defender los principios humanitarios y el derecho internacional humanitario.
Confirmamos también nuestro respeto por las normas que protegen a los civiles en
los conflictos.
65. Reafirmamos que la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados12, de
1951, y su Protocolo13, de 1967, son la base del régimen internacional de protección
de los refugiados. Reconocemos la importancia de que los Estados partes los
apliquen plena y eficazmente y de los valores que encarnan. Observamos con
satisfacción que 148 Estados son ahora partes en uno de esos instrumentos o en
ambos. Alentamos a los Estados que no son partes a que consideren la posibilidad
de adherirse a esos instrumentos y a los Estados que son partes con reservas a que
consideren la posibilidad de retirarlas. Reconocemos también que varios Estados
que no son partes en los instrumentos internacionales relativos a los refugiados han
dado pruebas de generosidad acogiendo a estos.
66. Reafirmamos que el derecho internacional de los refugiados, el derecho
internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario
constituyen el marco jurídico para reforzar la protección de los refugiados. En este
contexto, garantizaremos la protección de todos los que la necesiten. Tomamos nota
de los instrumentos regionales sobre los refugiados, como la Convención de la
Organización de la Unidad Africana por la que se Regulan los Aspectos Específicos
de los Problemas de los Refugiados en África14 y la Declaración de Cartagena sobre
los Refugiados.
67. Reafirmamos el respeto de la institución del asilo y el derecho a solicitar asilo.
Reafirmamos también el respeto y el cumplimiento del principio fundamental de no
devolución de conformidad con el derecho internacional de los refugiados.
68. Subrayamos la importancia que reviste la cooperación internacional para el
régimen de protección de los refugiados. Reconocemos la carga que imponen los
grandes desplazamientos de refugiados en los recursos nacionales, especialmente en
el caso de los países en desarrollo. Para atender las necesidades de los refugiados y
los Estados de acogida, nos comprometemos a repartir más equitativamente la carga
y la responsabilidad de acoger y dar apoyo a los refugiados del mundo, teniendo en
cuenta las contribuciones hechas y las diferentes capacidades y recursos de los
distintos Estados.
69. Creemos que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados debe preparar y poner en marcha la respuesta integral para los
refugiados en estrecha coordinación con los Estados pertinentes, incluidos los países
de acogida, y con la participación de otras entidades competentes de las Naciones
Unidas, en cada situación en la que haya grandes desplazamientos de refugiados.
Esa respuesta debe incluir la participación de múltiples interesados, a saber, las
autoridades nacionales y locales, las organizaciones internacionales, las
instituciones financieras internacionales, los asociados de la sociedad civil (entre
ellos, organizaciones confesionales, organizaciones de la diáspora y el mundo
académico), el sector privado, los medios de comunicación y los propios refugiados.
En el anexo de la presente declaración figura un marco integral de ese tipo.
__________________
12 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 189, núm. 2545.
13
 Ibid., vol. 606, núm. 8791.
14
 Ibid., vol. 1001, núm. 14691.
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70. Velaremos por que las políticas o los arreglos de admisión de refugiados estén
en consonancia con las obligaciones que nos incumben en virtud del derecho
internacional. Queremos que se flexibilicen las barreras administrativas con miras a
acelerar los procedimientos de admisión de refugiados en la medida de lo posible.
Cuando corresponda, ayudaremos a los Estados con el registro y la documentación
tempranos y efectivos de los refugiados. También procuraremos que los niños
tengan acceso a procedimientos apropiados para ellos. Al mismo tiempo,
reconocemos que puede regularse la posibilidad de que los refugiados soliciten asilo
en el país de su elección, con la garantía de que tengan acceso a protección y gocen
de ella en otros lugares.
71. Alentamos la adopción de medidas que faciliten a los refugiados el acceso al
registro civil y la documentación. Reconocemos en este sentido la importancia del
registro y la documentación tempranos y efectivos como instrumento de protección
y para facilitar la prestación de asistencia humanitaria.
72. Reconocemos que la apatridia puede ser una de las causas fundamentales de
los desplazamientos forzosos y que, a su vez, los desplazamientos forzosos pueden
dar lugar a la apatridia. Tomamos nota de la campaña de la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados que tiene por objeto poner
fin a la apatridia en un decenio y alentamos a los Estados a que estudien qué
medidas podrían adoptar para reducir los casos de apatridia. Alentamos a los
Estados que aún no se hayan adherido a la Convención sobre el Estatuto de los
Apátridas15, de 1954, y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia16, de
1961, a que consideren la posibilidad de hacerlo.
73. Reconocemos que los campamentos de refugiados deben ser la excepción y, en
la medida de lo posible, una medida provisional ante las emergencias. Observamos
que el 60% de los refugiados de todo el mundo se encuentra en entornos urbanos y
solo hay una minoría en los campamentos. Velaremos por que la prestación de
asistencia a los refugiados y las comunidades de acogida se adapte al contexto.
Subrayamos que los Estados de acogida son los principales responsables de
garantizar el carácter civil y humanitario de los campamentos y asentamientos de
refugiados. Trabajaremos para que ese carácter no se vea comprometido por la
presencia o las actividades de elementos armados y para que los campamentos no se
utilicen con fines que sean incompatibles con su carácter civil. Trabajaremos para
redoblar la seguridad en los campamentos de refugiados y las comunidades locales
circundantes, a solicitud del país de acogida y con su consentimiento.
74. Acogemos con beneplácito la contribución sumamente generosa realizada
hasta la fecha por los países que acogen a grandes grupos de refugiados y
trabajaremos para dar más apoyo a esos países. Hacemos un llamamiento para que
se desembolsen cuanto antes las contribuciones prometidas en las conferencias
sobre el tema.
75. Nos comprometemos a buscar soluciones desde el momento en que se produce
un desplazamiento de refugiados. Promoveremos enérgicamente soluciones
duraderas, sobre todo en los casos de refugiados que llevan mucho tiempo en esa
situación, que se centren en el retorno sostenible y oportuno en condiciones de
seguridad y dignidad. Esto supondrá actividades de repatriación, reintegración,
__________________
15
 Ibid., vol. 360, núm. 5158.
16
 Ibid., vol. 989, núm. 14458.
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rehabilitación y reconstrucción. Alentamos a los Estados y a otros actores
competentes a que presten apoyo, por ejemplo asignando fondos.
76. Reafirmamos que la repatriación voluntaria no debe estar necesariamente
supeditada al logro de soluciones políticas en el país de origen.
77. Tenemos la intención de aumentar el número y la variedad de las vías legales
disponibles para la admisión o el reasentamiento de los refugiados en terceros
países. Además de aliviar la penosa situación de los refugiados, esto trae beneficios
para los países que acogen a grandes grupos de refugiados y para los terceros países
que reciben refugiados.
78. Instamos a los Estados que aún no hayan establecido programas de
reasentamiento a que consideren la posibilidad de hacerlo a la mayor brevedad
posible. Se alienta a los que ya lo hayan hecho a que estudien la posibilidad de
ampliarlos. Nos proponemos ofrecer lugares de reasentamiento y otras vías legales
de admisión a una escala que satisfaga las necesidades anuales de reasentamiento
determinadas por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados.
79. Estudiaremos la posibilidad de ampliar los programas de admisión humanitaria
en curso, posibles programas de evacuación temporal, incluida la evacuación por
motivos médicos, arreglos flexibles para favorecer la reunificación familiar, el
patrocinio privado de los refugiados y oportunidades de movilidad laboral para los
refugiados mediante asociaciones con el sector privado, entre otros medios, y de
educación, como becas y visados de estudiante.
80. Asumimos el compromiso de prestar asistencia humanitaria a los refugiados
para garantizar el apoyo esencial en los sectores de vital importancia, como la
atención médica, la vivienda, la alimentación, el agua y el saneamiento. Nos
comprometemos a respaldar a los países y las comunidades de acogida en este
sentido, por ejemplo utilizando los conocimientos y las capacidades disponibles a
nivel local. Apoyaremos los programas de desarrollo basado en la comunidad que
beneficien tanto a los refugiados como a las comunidades de acogida.
81. Estamos decididos a brindar educación primaria y secundaria de calidad en
entornos de aprendizaje seguros para todos los niños refugiados, ya en los primeros
meses después del desplazamiento inicial. Nos comprometemos a prestar apoyo a
los países de acogida en este sentido. El acceso a una educación de calidad, incluso
para las comunidades de acogida, da protección fundamental a los niños y jóvenes
en contextos de desplazamiento, especialmente en situaciones de conflicto y crisis.
82. Apoyaremos la educación de los niños refugiados en la primera infancia.
También promoveremos la educación terciaria, la formación práctica y la formación
profesional. En las situaciones de conflicto y crisis, la educación superior es un
potente impulsor del cambio, alberga y protege a un grupo esencial de hombres y
mujeres jóvenes manteniendo su esperanza con respecto al futuro, fomenta la
inclusión y la no discriminación y actúa como catalizador para la recuperación y
reconstrucción de los países que salen de un conflicto.
83. Trabajaremos para que se satisfagan las necesidades básicas de salud de las
comunidades de refugiados y para que las mujeres y las niñas tengan acceso a
servicios de salud esenciales. Nos comprometemos a prestar apoyo a los países de
acogida en este sentido. También vamos a elaborar estrategias nacionales para la
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protección de los refugiados en el marco de los sistemas nacionales de protección
social, según proceda.
84. Acogiendo con beneplácito las medidas positivas adoptadas por los distintos
Estados, alentamos a los Gobiernos de los países de acogida a que consideren la
posibilidad de abrir sus respectivos mercados laborales a los refugiados.
Trabajaremos para reforzar la resiliencia de los países y las comunidades de
acogida, prestándoles asistencia, por ejemplo, con planes de creación de empleo y
generación de ingresos. En este sentido, reconocemos el potencial de los jóvenes y
trabajaremos con el fin de crear las condiciones para el crecimiento, el empleo y la
educación que les permitan ser los impulsores del desarrollo.
85. Para hacer frente a los retos que plantean los grandes desplazamientos de
refugiados, se necesitará una estrecha coordinación entre diversos agentes
humanitarios y de desarrollo. Nos comprometemos a dar a los más afectados un
lugar central en la planificación y la adopción de medidas. Los Gobiernos y las
comunidades de los países de acogida tal vez necesiten el apoyo de los organismos
competentes de las Naciones Unidas, las autoridades locales, las instituciones
financieras internacionales, los bancos regionales de desarrollo, los donantes
bilaterales, el sector privado y la sociedad civil. Alentamos firmemente las
respuestas conjuntas en las que participen todos esos agentes a fin de fortalecer el
nexo entre los agentes humanitarios y de desarrollo, facilitar la cooperación entre
mandatos institucionales y, al fomentar la autosuficiencia y la resiliencia, sentar las
bases de soluciones sostenibles. Además de satisfacer las necesidades humanitarias
y de desarrollo directas, trabajaremos para apoyar la rehabilitación ambiental, social
y de la infraestructura de las zonas afectadas por los grandes desplazamientos de
refugiados.
86. Observamos con preocupación que existe una brecha considerable entre las
necesidades de los refugiados y los recursos disponibles. Alentamos el apoyo
procedente de una variedad más amplia de donantes y tomaremos medidas para que
la financiación humanitaria sea más flexible y previsible, con menos asignación de
fondos para fines específicos y más fondos plurianuales, a fin de salvar esa brecha.
Los organismos de las Naciones Unidas como la Oficina del Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Refugiados y el Organismo de Obras Públicas y
Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano
Oriente y otras organizaciones competentes necesitan fondos suficientes para poder
llevar a cabo sus actividades con eficacia y previsibilidad. Acogemos con
beneplácito la creciente actuación del Banco Mundial y los bancos multilaterales de
desarrollo y las mejoras en el acceso de las comunidades afectadas a la financiación
para el desarrollo en condiciones favorables. Asimismo, es evidente que la inversión
del sector privado en apoyo de las comunidades de refugiados y los países de
acogida será fundamental en los próximos años. La sociedad civil también es un
asociado clave en todas las regiones del mundo a la hora de responder a las
necesidades de los refugiados.
87. Hacemos notar que los Estados Unidos de América, el Canadá, Etiopía,
Alemania, Jordania, México, Suecia y el Secretario General acogerán una reunión
de alto nivel sobre los refugiados el 20 de septiembre de 2016.
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 V. Seguimiento y examen de nuestros compromisos
88. Reconocemos que se necesitan mecanismos para garantizar el seguimiento y el
examen sistemáticos de todos los compromisos que estamos contrayendo hoy. Por
consiguiente, solicitamos al Secretario General que garantice que los progresos
realizados por los Estados Miembros y las Naciones Unidas en la aplicación de los
compromisos contraídos en la reunión de alto nivel celebrada hoy sean objeto de
evaluaciones periódicas ante la Asamblea General en relación, según proceda, con la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
89. Además, debería preverse el examen de los aspectos pertinentes de la presente
declaración en los diálogos periódicos de alto nivel sobre la migración internacional
y el desarrollo y el informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados a la Asamblea General.
90. En reconocimiento de la necesidad de ofrecer un considerable apoyo
financiero y programático a los países de acogida y a las comunidades afectadas por
los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, solicitamos al Secretario
General que informe a la Asamblea General en su septuagésimo primer período de
sesiones sobre los medios de lograr una mayor eficiencia, eficacia operacional y
coherencia de todo el sistema, así como formas de reforzar la interacción de las
Naciones Unidas con las instituciones financieras internacionales y el sector
privado, con miras a lograr el pleno cumplimiento de los compromisos enunciados
en la presente declaración.
 Anexo I
 Marco de respuesta integral para los refugiados
1. Hoy la escala y la naturaleza de los movimientos de refugiados exigen que
actuemos de manera integral y previsible ante los grandes desplazamientos de
refugiados. A través de una respuesta integral a la cuestión de los refugiados basada
en los principios de la cooperación internacional y la distribución de la carga y la
responsabilidad, estamos en mejores condiciones para proteger y ayudar a los
refugiados y apoyar a los Estados de acogida y a las comunidades afectadas.
2. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados,
en estrecha coordinación con los Estados pertinentes, incluidos los países de
acogida, y con la participación de otras entidades competentes de las Naciones
Unidas, será la encargada de preparar y poner en marcha el marco de respuesta
integral para los refugiados en cada situación en la que haya grandes
desplazamientos de refugiados. Una respuesta integral a la cuestión de los
refugiados debe incluir la participación de múltiples interesados, a saber, las
autoridades nacionales y locales, las organizaciones internacionales, las
instituciones financieras internacionales, las organizaciones regionales, los
mecanismos regionales de coordinación y asociación, los asociados de la sociedad
civil, incluidas las organizaciones confesionales y el mundo académico, el sector
privado, los medios de comunicación y los propios refugiados.
3. Si bien habrá diferencias en la naturaleza de cada uno de los grandes
desplazamientos de refugiados, los elementos que se indican a continuación
proporcionan un marco para una respuesta a los refugiados integral y centrada en las
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personas, que se ajusta al derecho internacional y las mejores prácticas
internacionales y está adaptado a cada contexto específico.
4. Aspiramos a un marco de respuesta integral para los refugiados para cada
situación en la que haya grandes desplazamientos de refugiados, incluso en las
situaciones prolongadas, como parte esencial e inconfundible de una respuesta
humanitaria general, cuando la haya, y que, en condiciones normales, incluiría los
elementos que se indican a continuación.
 Recepción y admisión
5. Al comienzo de un gran movimiento de refugiados, los Estados receptores,
teniendo en cuenta sus capacidades nacionales y obligaciones jurídicas
internacionales, en cooperación, según proceda, con la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, las organizaciones
internacionales y otros asociados, y con el apoyo de otros Estados, si así se solicita,
de conformidad con las obligaciones internacionales, procederían a:
 a) Garantizar en lo posible que se adopten medidas para identificar como
refugiados a las personas que necesitan protección internacional; ofrecer
condiciones de recepción suficientes, seguras y dignas, prestando especial atención
a las personas con necesidades específicas, las víctimas de la trata de personas, la
protección de los niños, la unidad de la familia y la prevención de la violencia
sexual y basada en el género y la respuesta ante ella; y respaldar la aportación
fundamental de las comunidades y las sociedades receptoras a este respecto;
 b) Tener en cuenta los derechos, las necesidades específicas, las
aportaciones y las opiniones de las mujeres y niñas refugiadas;
 c) Evaluar y atender las necesidades esenciales de los refugiados, en
particular, facilitando su acceso a suficiente agua potable, servicios de saneamiento,
alimentos, nutrición, viviendas, apoyo psicosocial y atención de la salud, incluida la
salud sexual y reproductiva, prestando asistencia a los países y las comunidades de
acogida en este sentido, según sea necesario;
 d) Inscribir individualmente y proveer de documentos a quienes soliciten
protección como refugiados, especialmente en el primer país en que soliciten asilo y
lo antes posible a su llegada. Para lograrlo, quizás sea necesario prestar asistencia
en áreas como la tecnología biométrica u otro apoyo técnico y financiero, que será
coordinada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados y los agentes y otros asociados pertinentes, cuando sea necesario;
 e) Utilizar el proceso de inscripción para determinar las necesidades
específicas de asistencia y las medidas concretas de protección, en lo posible, por
ejemplo, aunque no exclusivamente, a los refugiados con necesidades especiales de
protección, como las mujeres en situación de riesgo, los niños, especialmente los
niños no acompañados y los niños separados de sus familias, los hogares
encabezados por niños y los hogares monoparentales, las víctimas de la trata, las
víctimas de traumas y los supervivientes de la violencia sexual, así como los
refugiados con discapacidad y las personas de edad;
 f) Trabajar para garantizar el registro inmediato de los nacimientos de todos
los niños refugiados nacidos en su territorio y proporcionar asistencia adecuada a la
mayor brevedad posible para obtener otros documentos necesarios, según proceda,
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relativos al estado civil, por ejemplo, certificados de matrimonio, divorcio o
fallecimiento;
 g) Adoptar medidas, con las debidas salvaguardias legales, que consagran
los derechos humanos de los refugiados, con miras a garantizar la seguridad de los
refugiados, y medidas para responder a las preocupaciones legítimas de los países
de acogida en cuanto a la seguridad;
 h) Adoptar medidas para mantener el carácter civil y humanitario de los
campamentos y asentamientos de refugiados;
 i) Adoptar medidas para garantizar la credibilidad de los sistemas de asilo,
en particular mediante la colaboración entre los países de origen, de tránsito y de
destino, para facilitar el regreso y la readmisión de las personas que no reúnan los
requisitos para obtener la condición de refugiado.
 Apoyo a las necesidades inmediatas y persistentes
6. Los Estados, en cooperación con donantes multilaterales y asociados del sector
privado, según corresponda, en coordinación con los Estados receptores procederían
a:
 a) Movilizar suficientes recursos financieros y de otro tipo para cubrir las
necesidades humanitarias definidas en el marco de respuesta integral para los
refugiados;
 b) Facilitar recursos de manera pronta, predecible, coherente y flexible,
entre otras cosas mediante asociaciones más amplias con el Estado, la sociedad
civil, los asociados confesionales y los del sector privado;
 c) Adoptar medidas para ampliar los programas de préstamos financieros,
que ya existen para los países en desarrollo, a los países de ingresos medianos que
acogen a un gran número de refugiados, teniendo en cuenta los costos económicos y
sociales que supone para esos países;
 d) Estudiar la posibilidad de establecer mecanismos de financiación para el
desarrollo para esos países;
 e) Prestar asistencia a los países de acogida para proteger el medio
ambiente y fortalecer la infraestructura afectada por los grandes desplazamientos de
refugiados;
 f) Aumentar el apoyo a los mecanismos de prestación de asistencia
monetaria y otros medios innovadores para prestar asistencia humanitaria con
eficacia, cuando proceda, reforzando al mismo tiempo la rendición de cuentas para
asegurar que la asistencia humanitaria llegue a sus beneficiarios.
7. Los Estados de acogida, en cooperación con la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras entidades de las Naciones
Unidas, instituciones financieras y otros asociados pertinentes, según corresponda,
procederían a:
 a) Dar acceso rápido, seguro y sin trabas a la asistencia humanitaria para los
refugiados de conformidad con los principios humanitarios vigentes;
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 b) Prestar asistencia en la medida de lo posible a través de los proveedores
correspondientes de servicios nacionales y locales, como las autoridades públicas de
salud, educación, servicios sociales y protección de la infancia;
 c) Al principio de una emergencia, alentar y empoderar a los refugiados
para que creen sistemas de apoyo y redes entre ellos y las comunidades de acogida,
que tengan en cuenta la edad y el género, con especial hincapié en la protección y el
empoderamiento de las mujeres y los niños y de otras personas con necesidades
específicas;
 d) Apoyar a los asociados locales de la sociedad civil que hacen
aportaciones a la respuesta humanitaria, agradeciendo su contribución
complementaria;
 e) Velar por que la cooperación sea estrecha y fomentar la planificación
conjunta, según proceda, entre los agentes humanitarios y del desarrollo y otros
agentes pertinentes.
 Apoyo a los países y las comunidades de acogida
8. Los Estados, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados y los asociados pertinentes procederían a:
 a) Hacer una evaluación del impacto o del riesgo conjunta, imparcial y
rápida, antes o después del inicio de un gran movimiento de refugiados, con el fin
de definir la asistencia necesaria para los refugiados, las autoridades nacionales y
locales y las comunidades afectadas por la presencia de refugiados y establecer
prioridades al respecto;
 b) Incorporar, cuando proceda, el marco de respuesta integral para los
refugiados en los planes nacionales de desarrollo, a fin de fortalecer la prestación de
servicios esenciales y la construcción de infraestructura en beneficio de las
comunidades de acogida y los refugiados;
 c) Trabajar para proporcionar recursos suficientes, sin perjuicio de la
asistencia oficial para el desarrollo, a las autoridades gubernamentales nacionales y
locales y otros proveedores de servicios, en vista del aumento de las necesidades y
de la presión sobre los servicios sociales. Los programas deberían beneficiar a los
refugiados y a los países y las comunidades de acogida.
 Soluciones duraderas
9. Reconocemos que en la actualidad millones de refugiados en todo el mundo no
tienen acceso a soluciones oportunas y duraderas, y conseguirlas es uno de los
principales objetivos de la protección internacional. El éxito de la búsqueda de
soluciones depende en gran medida de la cooperación y el apoyo firmes y
sostenidos de la comunidad internacional.
10. Creemos que deberían adoptarse medidas para encontrar soluciones duraderas:
repatriación voluntaria, soluciones locales y reasentamiento y canales
complementarios de admisión. Esas medidas deberían incluir los aspectos que se
indican a continuación.
11. Reafirmamos el objetivo primordial de lograr condiciones que ayuden a los
refugiados a regresar a sus países en condiciones de seguridad y dignidad, y
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ponemos de relieve la necesidad de abordar las causas profundas de la violencia y
los conflictos armados y de lograr las soluciones políticas necesarias y el arreglo
pacífico de controversias, así como ayudar en los esfuerzos de reconstrucción. En
este contexto: Los Estados de origen o de nacionalidad procederían a:
 a) Reconocer que toda persona tiene derecho a salir de cualquier país,
incluso el propio, y a regresar a su país;
 b) Respetar ese derecho y cumplir la obligación de recibir a sus ciudadanos
cuando regresen, lo cual debería ocurrir de manera segura, digna y humanizada y
con pleno respeto de los derechos humanos, de conformidad con las obligaciones
derivadas del derecho internacional;
 c) Proporcionar los documentos de identidad y de viaje necesarios;
 d) Facilitar la reintegración socioeconómica de los retornados;
 e) Estudiar la posibilidad de adoptar medidas para permitir la restitución de
los bienes.
12. A fin de garantizar el regreso y la reintegración sostenibles, los Estados, las
entidades de las Naciones Unidas y los asociados pertinentes procederían a:
 a) Reconocer que el carácter voluntario de la repatriación es necesario
mientras los refugiados sigan precisando protección internacional, es decir, siempre
que no puedan recuperar plenamente la protección de su propio país;
 b) Planificar y apoyar medidas para alentar la repatriación, la reintegración
y la reconciliación voluntarias y fundamentadas;
 c) Apoyar a los países de origen o de nacionalidad, según proceda, entre
otras cosas financiando la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo, y con las
salvaguardias legales necesarias que permitan a los refugiados acceder a los
recursos jurídicos, físicos y otros mecanismos de apoyo necesarios para el
restablecimiento de la protección nacional y su reintegración;
 d) Apoyar los esfuerzos para fomentar la reconciliación y el diálogo, en
particular con las comunidades de refugiados, y con la participación equitativa de
las mujeres y los jóvenes, y garantizar el respeto del estado de derecho en los planos
nacional y local;
 e) Facilitar la participación de los refugiados, en especial las mujeres, en
los procesos de paz y reconciliación, y velar por que los resultados de esos procesos
sustenten debidamente su regreso en condiciones de seguridad y dignidad;
 f) Garantizar que la planificación del desarrollo nacional tenga en cuenta
las necesidades concretas de quienes regresan y promueva la reintegración
sostenible e inclusiva como medida para prevenir futuros desplazamientos.
13. Los Estados de acogida, teniendo en cuenta sus capacidades y obligaciones
jurídicas internacionales, en cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados, el Organismo de Obras Públicas y Socorro de
las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente, cuando
corresponda, y otras entidades de las Naciones Unidas, instituciones financieras y
otros asociados pertinentes, cuando corresponda, procederían a:
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 a) Conceder permisos de estancia legal en el país a quienes busquen y
necesiten protección internacional como refugiados, teniendo en cuenta que toda
decisión relativa a cualquier tipo de solución permanente, incluida la posibilidad de
naturalización, corresponde al país anfitrión;
 b) Adoptar medidas para fomentar la autosuficiencia comprometiéndose a
ofrecer más oportunidades a los refugiados para el acceso, según proceda, a la
educación, la atención de la salud y los servicios, el sustento y los mercados de
trabajo, sin discriminar a los refugiados y de manera que también se brinde apoyo a
las comunidades de acogida;
 c) Adoptar medidas para que los refugiados, en particular las mujeres y los
jóvenes, puedan sacar el máximo provecho a sus aptitudes y capacidades,
reconociendo que, con los medios adecuados, los refugiados están en mejores
condiciones de contribuir a su propio bienestar y el de sus comunidades;
 d) Invertir en la creación de capital humano, autosuficiencia y competencias
transferibles como un paso esencial para que haya soluciones de largo plazo.
14. Los terceros países procederían a:
 a) Estudiar la posibilidad de poner a disposición o ampliar, entre otras cosas
alentando la participación y la actuación del sector privado como medida
complementaria, las oportunidades de reasentamiento y otros canales para la
admisión de refugiados por medios tales como la evacuación médica y los
programas de admisión humanitaria, la reunificación familiar y las oportunidades de
migración de personas cualificadas, movilidad laboral y educación;
 b) Comprometerse a compartir las mejores prácticas, proporcionar a los
refugiados información suficiente para tomar decisiones con conocimiento de causa
y salvaguardar las normas de protección;
 c) Estudiar la posibilidad de ampliar los criterios aplicados a los programas
de reasentamiento y acogida humanitaria en los desplazamientos en masa y las
situaciones prolongadas, junto con los programas de evacuación humanitaria
temporal y otras formas de acogida, según proceda.
15. Se alienta a los Estados que aún no hayan establecido programas de
reasentamiento a que lo hagan a la mayor brevedad posible. Se alienta a los que ya
lo hayan hecho a que estudien la posibilidad de ampliarlos. Los programas deberían
incorporar en todos sus aspectos un planteamiento no discriminatorio y una
perspectiva de género.
16. Los Estados se proponen ofrecer lugares de reasentamiento y otras vías legales
a una escala que satisfaga las necesidades anuales de reasentamiento determinadas
por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
 El camino a seguir
17. Nos comprometemos a aplicar este marco de respuesta integral para los
refugiados.
18. Invitamos a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados a colaborar con los Estados y celebrar consultas con todos los
interesados pertinentes, durante los próximos dos años, con el fin de evaluar la
aplicación práctica detallada del marco de respuesta integral para los refugiados y
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las posibilidades de mejora y perfeccionamiento. Este proceso debería basarse en la
experiencia práctica derivada de aplicar el marco en una serie de situaciones
específicas. El objetivo sería aliviar las presiones sobre los países de acogida
afectados, mejorar la autosuficiencia de los refugiados, ampliar el acceso a las
soluciones que impliquen a terceros países y apoyar las condiciones existentes en
los países de origen para el regreso en condiciones de seguridad y dignidad.
19. Trabajaremos para la adopción, en 2018, de un pacto mundial sobre la cuestión
de los refugiados, sobre la base del marco de respuesta integral para los refugiados y
de los resultados del proceso descrito. Invitamos al Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados a que incluya el pacto mundial sobre los
refugiados propuesto en su informe anual a la Asamblea General en 2018, para su
examen por la Asamblea en su septuagésimo tercer período de sesiones en
conjunción con su resolución anual sobre la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados.
 Anexo II
 Hacia un pacto mundial para la migración segura,
ordenada y regular
 I. Introducción
1. Este año iniciaremos un proceso de negociaciones intergubernamentales que
culminarán con la aprobación de un pacto mundial para la migración segura,
ordenada y regular.
2. Este pacto mundial establecería una serie de principios, compromisos y
entendimientos entre los Estados Miembros sobre la migración internacional en
todas sus dimensiones. Sería una contribución importante a la gobernanza mundial y
mejoraría la coordinación en lo que concierne a la migración internacional.
Ofrecería un marco para la cooperación internacional amplia respecto de los
migrantes y la movilidad humana. Abordaría todos los aspectos de la migración
internacional, como los humanitarios, de desarrollo y de derechos humanos, entre
otros. Seguiría la senda marcada por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible17
y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional
sobre la Financiación para el Desarrollo18 y se basaría en la Declaración del Diálogo
de Alto Nivel sobre la Migración Internacional y el Desarrollo, aprobada en octubre
de 201319
.
 II. Contexto
3. Reconocemos la importante contribución de los migrantes y la migración al
desarrollo de los países de origen, de tránsito y de destino, así como la compleja
interrelación entre la migración y el desarrollo.
4. Reconocemos la contribución positiva de los migrantes al desarrollo inclusivo
y sostenible. Reconocemos también que la migración internacional es una realidad
__________________
17 Resolución 70/1.
18 Resolución 69/313, anexo.
19 Resolución 68/4.
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pluridimensional de gran pertinencia para el desarrollo de los países de origen, de
tránsito y de destino, que exige respuestas coherentes e integrales.
5. Cooperaremos en el plano internacional para velar por que las migraciones
sean seguras, regulares y ordenadas, respetando plenamente los derechos humanos y
dispensando un trato humanitario a los migrantes, sea cual fuere su situación
migratoria. Subrayamos la necesidad de velar por el respeto de la dignidad de los
migrantes y la protección de sus derechos en virtud del derecho internacional
aplicable, en particular el principio de no discriminación con arreglo al derecho
internacional.
6. Ponemos de relieve el carácter multidimensional de la migración internacional,
la importancia de la cooperación y el diálogo a ese respecto a nivel internacional,
regional y bilateral y la necesidad de proteger los derechos humanos de todos los
migrantes, independientemente de su situación, particularmente en un momento en
que las corrientes migratorias han aumentado.
7. Tenemos presente que las políticas e iniciativas sobre la cuestión de la
migración deberían promover planteamientos integrales que tengan en cuenta las
causas y consecuencias del fenómeno. Reconocemos que la pobreza, el
subdesarrollo, la falta de oportunidades, la mala gobernanza y los factores
ambientales son algunas de las causas de la migración. A su vez, las políticas en pro
de los pobres relacionadas con el comercio, el empleo y las inversiones productivas,
pueden estimular el crecimiento y generar enormes posibilidades de desarrollo.
Observamos que los desequilibrios económicos internacionales, la pobreza y la
degradación ambiental, junto con la ausencia de paz y seguridad y de respeto de los
derechos humanos, son factores que afectan a la migración internacional.
 III. Contenido
8. El pacto mundial podría incluir, sin ánimo de exhaustividad, los elementos que
se indican a continuación:
 a) La migración internacional como realidad pluridimensional de gran
pertinencia para el desarrollo de los países de origen, de tránsito y de destino, según
se reconoce en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;
 b) La migración internacional como posibilidad para los migrantes y sus
familias;
 c) La necesidad de abordar las causas de la migración, en particular
redoblando los esfuerzos en cuanto al desarrollo, la erradicación de la pobreza, y la
prevención y la solución de conflictos;
 d) La importante contribución de los migrantes al desarrollo sostenible y la
compleja relación existente entre la migración y el desarrollo;
 e) La facilitación de la migración y la movilidad ordenadas, seguras,
regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas
migratorias planificadas y bien gestionadas, lo cual puede incluir la creación y la
ampliación de vías migratorias seguras y regulares;
 f) Las posibilidades de una mayor cooperación internacional con miras a
mejorar la gestión de la migración;
 g) Los efectos de la migración en el capital humano en los países de origen;
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 h) Las remesas como fuente importante de capital privado y su contribución
al desarrollo y fomento de un envío más rápido, económico y seguro de remesas a
través de canales legales, tanto en los países de origen como en los receptores,
incluso reduciendo los costos de transacción;
 i) La protección efectiva de los derechos humanos y las libertades
fundamentales de los migrantes, especialmente las mujeres y los niños,
independientemente de su situación migratoria, y las necesidades específicas de los
migrantes en situaciones de vulnerabilidad;
 j) La cooperación internacional en el control de las fronteras respetando
plenamente los derechos humanos de los migrantes;
 k) La lucha contra la trata de personas, el tráfico de migrantes y las formas
contemporáneas de esclavitud;
 l) La identificación de quienes han sido objeto de la trata y la posibilidad
de prestar asistencia, incluso ofreciendo la residencia temporal o permanente, y
conceder permisos de trabajo, según proceda;
 m) La reducción de la incidencia y los efectos de la migración irregular;
 n) El examen de la situación de los migrantes en los países en crisis;
 o) El fomento, según proceda, de la inclusión de los migrantes en las
sociedades de acogida, el acceso a los servicios básicos para los migrantes y los
servicios que tengan en cuenta las cuestiones de género;
 p) El examen de las políticas para regularizar la situación de los migrantes;
 q) La protección de los derechos laborales y de un entorno de trabajo seguro
para los trabajadores migrantes y las personas con empleos precarios, la protección
de las trabajadoras migratorias en todos los sectores y la promoción de la movilidad
de la mano de obra, incluida la migración circular;
 r) Las responsabilidades y obligaciones de los migrantes hacia los países de
acogida;
 s) El regreso y la readmisión, y el mejoramiento de la cooperación a este
respecto entre los países de origen y de destino;
 t) El aprovechamiento de la contribución de las diásporas y el
fortalecimiento de los vínculos con los países de origen;
 u) La lucha contra el racismo, la xenofobia, la discriminación y la
intolerancia hacia los migrantes;
 v) Los datos desglosados sobre migración internacional;
 w) El reconocimiento de las cualificaciones, la educación y las destrezas
obtenidas en el extranjero y la cooperación en relación con el acceso a las
prestaciones ganadas y su transferibilidad;
 x) La cooperación a nivel nacional, regional e internacional sobre todos los
aspectos de la migración.
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 IV. El camino a seguir
9. El pacto mundial se elaboraría mediante un proceso de negociaciones
intergubernamentales, cuyos preparativos comenzarán inmediatamente. Las
negociaciones, que empezarán a principios de 2017, culminarán en una conferencia
intergubernamental sobre migración internacional en 2018, en la que se presentará
el pacto mundial para su aprobación.
10. Ya que el Tercer Diálogo de Alto Nivel sobre la Migración Internacional y el
Desarrollo se celebrará en Nueva York a más tardar en 201920, debería desempeñar
un papel en el proceso.
11. Se invita al Presidente de la Asamblea General a disponer la designación de
dos cofacilitadores para dirigir consultas abiertas, transparentes e inclusivas con los
Estados, con miras determinar las modalidades, un calendario, la posible
celebración de conferencias preparatorias y otros aspectos prácticos relativos a las
negociaciones intergubernamentales, incluida la participación de los expertos sobre
migración en Ginebra.
12. Se pide al Secretario General que preste el apoyo apropiado a las
negociaciones. Prevemos que la Secretaría de las Naciones Unidas y la
Organización Internacional para las Migraciones presten servicio conjuntamente a
las negociaciones, la primera en cuanto a capacidad y apoyo, y la segunda en cuanto
a los conocimientos técnicos y normativos necesarios.
13. Prevemos también que el Representante Especial del Secretario General sobre
la Migración Internacional y el Desarrollo, el Sr. Peter Sutherland, se encargue de
coordinar las aportaciones del Foro Mundial sobre Migración y Desarrollo y el
Grupo Mundial sobre Migración al proceso de negociación. Prevemos que
contribuyan al proceso la Organización Internacional del Trabajo, la Oficina de las
Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados, el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos y otras entidades con mandatos y conocimientos importantes
relacionados con la migración.
14. Convendría que se celebrasen consultas regionales en apoyo de las
negociaciones, por ejemplo mediante los procesos y mecanismos consultivos
existentes, cuando proceda.
15. Se invitará a la sociedad civil, el sector privado, las comunidades de la
diáspora y las organizaciones de migrantes a contribuir al proceso de preparación
del pacto mundial.
__________________
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