FJT, celebra TC pone fin a la práctica ilegal y abusiva de apresar vehículos y personas por infracciones de transito
jueves, 12 de marzo de 2015
FJT pide a la AMET ejecutar sentencia del TC y entregar al día de hoy
los vehículos apresados ilegalmente
Por: Loida Sánchez
EL presidente de la FJT, Trajano Potentini, advirtió a las autoridades de la AMET, que deben descontinuar esa práctica y cumplir en lo inmediato con la sentencia del TC, incluso extensiva a los vehículos que tengan retenidos al día de hoy, puesto que de lo contrario se estarían arriesgando a ser demandados no solo como institución, sino también en la persona de su director por responsabilidad patrimonial.
La nota de
prensa emitida a este periódico digitan informa que Potentini afirmó que el
Tribunal Constitucional con esta sentencia le da sentido al denominado Estado
Social y Democrático de Derecho, previsto en el artículo 7 de la constitución,
convirtiéndose esta jurisdicción en un verdadero guardián de la tutela y
protección de los derechos fundamentales de los dominicanos.
La entidad
de sociedad civil llamó también la atención del Procurador General de la
República, a los fines de que tome conocimiento y observe rigurosamente la
sentencia del TC, en razón de que ellos venían apoyando y participando del
accionar de la AMET, con la negación de una serie de servicios vitales para los
dominicanos, tales como ponerles trabas a la realización de ciertas diligencias
personales, imponiéndole además a las personas medidas de coerción, cuyo
ejercicio es propio de los tribunales, tales como impedimento de salida,
imposibilitándoles a los ciudadanos ejercer su derecho al libre tránsito, como
se ha dado en la práctica, al negarle a los ciudadanos por multas pendientes
los derechos y servicios de obtener un pasaporte o un certificado de buena
conducta.
Finalmente la
FJT destaca que la sentencia del TC, más bien lo que viene es a ratificar que
la multa es una pena y que solo los jueces del sistema judicial son los únicos
que están facultados para imponer multas, esto así previo a un juicio, con
todas las garantías legales y por sentencia. De ahí que la AMET no tiene ni ha
poseído facultad legal, salvo algunas y contadas excepciones tasadas
específicamente por la ley, para apresar y retener vehículos, los cuales solo
devuelven cuando se ha pagado lo que ellos establecen sin mediar autoridad o
proceso alguno, convirtiéndose en una maquinaria salvaje y despiadada de
recaudación de fondos, ajena a sus propósitos y funciones.
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Redacción de Parte Alta, periódico digital de Santo Domingo, República Dominicana.
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