Por: Loida Sánchez
SANTO DOMINGO.- La Ley de Ordenamiento Territorial y Uso
del Suelo, un anteproyecto que impulsa el gobierno, impone severas sanciones a
los infractores de sus disposiciones o de las obligaciones de los planes para
ordenar el territorio.
El infractor será penalizado con una multa
correspondiente al pago del daño producido a bienes o cosas, y en adición, la
paralización de las obras o actividades ilegales, y la destrucción o
restitución a su estado original de aquello que resultare afectado.
El anteproyecto se debatió este viernes al cierre del
seminario internacional “Conformación del Sistema Nacional de Ordenamiento
Territorial” auspiciado de manera conjunta por los Ministerios de Economía,
Planificación y Desarrollo, a través de su Dirección de Ordenamiento y
Desarrollo Territorial y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Cámara de
Diputados, el Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica
y Social (ILPES-CEPAL) y la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu).
La nota informativa
explica que en la presentación de las conclusiones del Seminario, celebrado
durante el jueves y el viernes en el hotel Crowne Plaza, de la zona del
Malecón, intervinieron Magdalena Lizardo, directora de la Unidad de Análisis
Económico y Social del MEPyD; Jorge Máttar, Director del ILPES; el diputado Radhames
González, Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales; Franklin Labour,
Director de Ordenamiento y Desarrollo Territorial y Juan Monegro, Viceministro
de Planificación.
En el anteproyecto el autor de la infracción deberá
asumirá también el costo de las obras de
mitigación de impactos producidos en el entorno y las autoridades podrán
suspender, clausurar, secuestrar de manera preventiva y decomisar los elementos
utilizados en la infracción, de acuerdo a una nota de la Unidad de
Comunicaciones del Ministerio de Economía.
Asimismo serán civilmente responsables, además del autor
de la violación, cualquier intermediario inmobiliario, productivo,
agropecuario, minero, industrial, comercial, de transporte y los profesionales
que intervinieren.
“Quienes propicien la ocupación irregular de áreas y
predios pertenecientes al Estado o a un propietario privado, se harán
acreedores a las sanciones establecidas”, se consigna en el artículo 89 del
anteproyecto.
Igual tratamiento se impondrá a todo funcionario público
que utilice la ley de ordenamiento territorial para beneficios propios o de
terceros, mediante el otorgamiento de permisos, habilitaciones, certificaciones
o excepciones.
El objeto de la ley, en la que participa en su
elaboración el Poder Legislativo a través de la Comisión de Asuntos Municipales
de la Cámara de Diputados es establecer el marco regulatorio del ordenamiento
territorial del país.
En la misma se consideran la adaptación al cambio
climático, los desequilibrios y desigualdades territoriales, la sustentabilidad
ambiental, la gestión integral de riesgos, la competitividad económica y la
calidad de vida de la población.
En uno de los considerandos el anteproyecto establece
que, como política del Estado, el ordenamiento territorial debe integrar los
elementos del territorio y su relación con los procesos sociales, económicos y
políticos, bajo una dinámica descentralizadora, dando mayor participación a los
actores territoriales, sobre la base de alianzas entre el Estado, el sector
privado y la sociedad civil.
El tema se dividió en varias mesas de reflexión, en una
de las cuales el enfoque estuvo dirigido a conocer dónde comienzan los límites
de la propiedad privada y dónde se inician los derechos de la propiedad colectiva.
En provecho de la legislación nacional en proceso, en el
seminario fueron conocidas las experiencias internacionales en la materia en
Argentina, Costa Rica, Chile, Ecuador, Guatemala y Perú, presentadas por
expertos de esas naciones.
En la sesión este viernes también los participantes
reflexionaron sobre la propuesta de anteproyecto de Ley de Regiones Únicas de
Planificación, tema que tuvo como moderador a Carlos Sandoval, del Instituto Latinoamericano y del Caribe de
Planificación Económica y Social (ILPES), a nombre del cual expuso en el
seminario su director Jorge Máttar.
La Ley de Regiones Únicas de Planificación
norma la organización, composición y delimitación de las regiones de
planificación en el territorio nacional, y tiene como objetivo propiciar un mejor desarrollo a escala
nacional, regional y local, orientando las políticas, planes, programas y
proyectos de inversión pública para asegurar un desarrollo local sostenible y
una mayor cohesión territorial.
La regionalización del país en términos de planificación,
de articulación, operativos y de formulación de las políticas públicas, se
estructurará en cinco regiones
conformadas por sus respectivas provincias y municipios.
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