Por Loida Sánchez
La nota de prensa emitida por esa institución explica que para la FJT, el
tema del aborto no es un problema ideológico, filosófico o religioso, más bien
es, en lo que concierne al país, de configuración estrictamente jurídica e
institucional, y en tal sentido entienden que no se advierte constitucionalmente
posibilidad de integrar otras modalidades de aborto, salvo la del aborto
terapéutico, que si está contemplado y permitido en el artículo 42.3 de la
constitución.
Trajano
Potentini, hablando a nombre de la entidad de sociedad civil justificó estas
afirmaciones en el entendido de que solo el Tribunal Constitucional, como último y máximo intérprete de la constitución
podrá válidamente armonizar los derechos fundamentales en posible conflictos,
derecho a la vida versus dignidad humana, lo que sin dudas será lo más factible
o viable para procurar una salida que concilie los intereses envueltos.
Potentini significó que la fundación no está ajena a la inminente necesidad
de avocarse a una discusión y consenso que viabilice otras modalidades de
aborto, tales como el aborto por violación sexual y el aborto fruto de
relaciones incestuosa, para dar repuesta a varias urgencias sociales, pero
siempre buscando el amparo y salida institucional, hoy en manos exclusivamente
del Tribunal Constitucional, como único armador y garante del respeto y armonía
de los derechos fundamentales de las personas.
Justicia
y Transparencia lamenta cojan el Código Penal como rehén por diferencias sobre
el aborto.
Asimismo
Justicia y Transparencia, lamentó que hayan tomado el código penal como rehén
por 14 años, y con ello procurando una solución al tema del aborto, un código
por demás indispensable para complementar
la reforma procesal penal.
De
acuerdo a Potentini el nuevo código vendría a suplir una nueva clasificación de
las infracciones, actualizando la actual de factura aun francesa, que se
sustenta en el viejo ordenamiento de juzgamiento criminal, hoy día ya
descontextualizado del vigente código procesal penal, además de que el Código
Penal varía sustancialmente el régimen de las penas y con ello algunos de los
elementos bases del procesal penal.
Justicia y
Transparencia fundamenta la necesidad del nuevo código en la urgencia de armonizar y
actualizar los instrumentos de política criminal, en razón de los nuevos tipos
penales, aun sin previsión legal en nuestra legislación, tales como el
sicariato, el feminicidio, el autor intelectual el necesario cumulo de penas,
entre otros delitos y situaciones que este código viene a solucionar.
Finalmente la
entidad urgió a los legisladores a rechazar las observaciones del presidente y
de una vez por todas, dotar al país de una nueva herramienta que supere el
atraso acumulado por el código penal actual, vigente desde el año 1884.
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