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Consideran que el país hace retroceder derechos de mujer con el viejo Código


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SANTO DOMINGO.-La República Dominicana ha dado un drástico paso atrás para los derechos humanos de la mujer al anular el Tribunal Constitucional las reformas del Código Penal que habrían despenalizado el aborto en ciertos casos, advirtió ayer Amnistía Internacional (AI).

Señala que la decisión anuló reformas del Código introducidas el año pasado, por lo que ahora seguirá en vigor el código actual, que se remonta a 1884 y niega a las mujeres y niñas el acceso al aborto en todas las circunstancias y las penaliza por tratar de abortar, incluso en casos de violación o incesto, cuando el embarazo representa un riesgo para la vida o la salud de la mujer o niña, o cuando el feto no podrá sobrevivir fuera del útero.
“Esta decisión hace retroceder los derechos humanos de las mujeres y niñas al siglo XIX”, afirmó Erika Guevara Rosas, directora del Programa Regional para América de AI.
“Su impacto será catastrófico para las mujeres y niñas de la República Dominicana, a las que se seguirá penalizando, estigmatizando y obligando a buscar abortos peligrosos porque se les niega el acceso a un tratamiento médico sin riesgos y legal”, agregó.
Recuerda que las reformas del Código Penal iban a entrar en vigor en este mes, un año después de su aprobación por el Congreso de la República Dominicana y por el presidente Danilo Medina. Pero tras el recurso presentado este año por tres grupos de presión religiosos y conservadores, en el que alegaban errores de procedimiento, entre otras cosas, el Tribunal consideró que las reformas eran anticonstitucionales.
Legalidad. Amnistía Internacional y varias ONG nacionales e internacionales más presentaron informes ante el tribunal en los que señalaron las obligaciones legales internacionales del país.

Además, declararon que “la Corte Interamericana, como único intérprete autorizado de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha establecido que la protección del derecho a la vida no es absoluta y no puede usarse para justificar la negación de otros derechos. Ante un conflicto de derechos, sería posible invocar excepciones a la protección del derecho a la vida desde el momento de la concepción”.
El Comité de la Organización de las Naciones Unidas contra la Tortura y varios comités internacionales de derechos humanos han afirmado que, en ciertas circunstancias, la negación del acceso al aborto puede causar sufrimiento físico o mental equivalente a tortura o malos trato.
En ese orden, el presidente Medina promulgó el 19 de diciembre de 2014 la reforma integral del Código Penal, tras casi 10 años de debate político y social, aunque los artículos que regulaban las excepciones en la penalización del aborto eran los más polémicos. El año pasado, Medina vetó la ley que reformaba el código que mantenía la prohibición del aborto en todas las circunstancias y promovió su despenalización en tres casos.

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